Declaración de política de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO)

Es política de CTtransit  brindar igualdad de oportunidades de empleo en el reclutamiento, la contratación, la mejora y la promoción, las condiciones y los privilegios de empleo, la capacitación, la asistencia educativa, las tarifas salariales u otras formas de compensación, los beneficios, las transferencias, la disciplina, los despidos, los retiros y la finalización de la relación laboral a todos los empleados actuales y potenciales sin importar la raza, el color, la religión, la edad, el sexo, el origen nacional o la ascendencia, el estado civil, la unión civil, la orientación sexual, la condición de transexual, o expresión de identidad de género, antecedentes genéticos, condición de víctima de violencia doméstica, antecedentes presentes o pasados de discapacidad mental, discapacidad intelectual, discapacidad de aprendizaje o discapacidad física, incluida, entre otras, la ceguera, condición de veterano y antecedentes penales, a menos que las disposiciones de los Estatutos Generales de Connecticut 46a-60(b), 46a-80(b) o 46a-81 (b) sean determinantes, o cualquier otra condición de clase protegida, salvo que puedan aplicarse cualificaciones ocupacionales de buena fe (BFOQ) que descalifiquen a una persona.

Se prohíbe cualquier tipo de acoso/discriminación de los empleados por parte de sus compañeros, independientemente de su relación laboral. CTtransit proporcionará ajustes razonables a los solicitantes y empleados debido a una discapacidad, o para practicar u observar su religión, en ausencia de dificultades excesivas.

Cualquier empleado que experimente acoso o discriminación debe ponerlo inmediatamente en conocimiento del Coordinador o Funcionario de EEO/Acción Afirmativa de conformidad con la Política contra el Acoso y la Discriminación y el Procedimiento de Quejas.

Funcionarios y Coordinador de EEO/Acción Afirmativa
Las siguientes personas han sido designadas Funcionarios de EEO/Acción Afirmativa de la Empresa:

Las siguientes personas han sido designadas Coordinadoras de EEO/Acción Afirmativa de la Empresa:

En caso de que un empleado desee eludir el procedimiento interno de reclamo, tiene derecho a presentarlo directamente ante la Comisión de Derechos Humanos y Oportunidades (CHRO) o ante la Comisión Federal de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC).

Hacemos hincapié en que todos los empleados tienen derecho a utilizar el Procedimiento de Reclamo de CTtransit sin poner en peligro en modo alguno su situación laboral actual o futura. Insistimos en que ningún empleado será objeto de represalias o medidas disciplinarias por presentar una denuncia o participar en su investigación.